Italia: un tribunal establece que los retrasos administrativos no pueden justificar la denegación de un permiso de residencia

 

Italia: un tribunal establece que los retrasos administrativos no pueden justificar la denegación de un permiso de residencia

Un tribunal administrativo italiano ha anulado la denegación de un permiso de residencia por prácticas profesionales, al considerar que la Administración no puede utilizar las consecuencias de su propio retraso para rechazar una solicitud presentada correctamente.

Mediante la sentencia n.º 1260, de 29 de junio de 2026, el Tribunal Administrativo Regional de Emilia-Romaña declaró ilegal la decisión de la Jefatura de Policía de Bolonia que había rechazado un permiso de residencia vinculado a un programa formativo de seis meses.

El solicitante había entrado legalmente en Italia, había presentado la solicitud dentro del plazo, había completado las prácticas previstas y posteriormente había obtenido un contrato de trabajo por tiempo indefinido. Pese a ello, la Administración resolvió el expediente únicamente cuando el periodo formativo ya había terminado.

La solicitud se presentó correctamente

El ciudadano extranjero entró en Italia el 14 de julio de 2024 con un visado válido para estudios y prácticas profesionales.

El proyecto estaba previsto entre el 2 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025, con el objetivo de adquirir competencias profesionales en el sector de la construcción.

El interesado presentó la solicitud de permiso de residencia el 9 de agosto de 2024, pocos días después del inicio de las prácticas. Posteriormente acudió a la Oficina de Inmigración para completar la identificación y la toma de huellas dactilares.

Por tanto, el procedimiento se inició regularmente y el solicitante cumplió las obligaciones que le correspondían.

Sin embargo, la Administración no expidió el permiso antes de que terminara el programa.

El primer aviso llegó casi un año después

La situación se volvió especialmente problemática porque la primera objeción formal de la Jefatura de Policía llegó casi un año después de la presentación de la solicitud.

La Administración reprochó al interesado no haber acreditado la renovación del proyecto de prácticas.

El tribunal consideró esta motivación ilógica.

Las prácticas no habían sido abandonadas ni interrumpidas. Habían concluido satisfactoriamente en la fecha inicialmente prevista.

El solicitante no pedía autorización para un nuevo proyecto ni para ampliar el anterior. Solicitaba el permiso correspondiente a las prácticas para las que había sido autorizado a entrar en Italia.

Por ello, la terminación normal del proyecto no podía convertirse en motivo de denegación.

La Administración no puede beneficiarse de su propio retraso

El principio central de la sentencia es claro: el retraso administrativo no puede transformarse en un obstáculo jurídico contra el solicitante.

El tribunal reconoció que los plazos previstos para resolver las solicitudes de permiso de residencia no tienen, por regla general, carácter perentorio. Esto significa que una resolución tardía no es automáticamente inválida.

Pero no significa que la Administración pueda ignorar las consecuencias jurídicas de su propia demora.

La solicitud debía examinarse teniendo en cuenta la situación existente en el momento en que fue presentada.

En este caso:

  • el solicitante disponía de un visado válido;

  • la solicitud se presentó con rapidez;

  • las prácticas se realizaron efectivamente;

  • el proyecto terminó mientras el procedimiento seguía pendiente;

  • el permiso no se expidió porque la Administración no resolvió a tiempo.

Por tanto, el tribunal excluyó que la finalización de las prácticas pudiera justificar la denegación.

También se reprochó al solicitante no haber pedido la conversión

La resolución administrativa mencionaba además que el interesado no había solicitado la conversión del permiso por prácticas en un permiso de residencia por trabajo por cuenta ajena.

El tribunal consideró igualmente erróneo este razonamiento.

Una solicitud de conversión presupone normalmente la existencia de un permiso que pueda convertirse.

En este caso, el permiso por prácticas nunca había sido expedido.

No podía reprocharse al solicitante no haber convertido un documento que la propia Administración no le había entregado.

La ausencia de conversión era, por tanto, consecuencia del retraso administrativo y no de una falta de diligencia del interesado.

El solicitante obtuvo después un contrato indefinido

El caso demostraba también que el proyecto formativo había alcanzado su finalidad profesional.

El 8 de septiembre de 2025, el interesado firmó un contrato de trabajo por tiempo indefinido.

Esta circunstancia no convertía automáticamente la solicitud inicial en una petición de permiso por trabajo. Sin embargo, constituía un elemento relevante que la Administración debía valorar al volver a examinar su situación.

El tribunal no ordenó la expedición automática de un permiso de trabajo.

Impuso a la Jefatura de Policía la obligación de revisar el expediente sin basarse en los motivos ilegales utilizados en la denegación.

Una motivación confusa y contradictoria

El tribunal criticó también la motivación del acto administrativo.

La denegación hacía referencia simultáneamente a varios elementos:

  • la terminación de las prácticas;

  • la falta de renovación del proyecto;

  • la existencia de un contrato de trabajo;

  • la situación contributiva del solicitante;

  • la ausencia de una solicitud de conversión;

  • la supuesta falta de requisitos para otro tipo de permiso.

Según los jueces, esta acumulación de datos no permitía comprender con claridad cuál era la verdadera razón jurídica de la denegación.

Una resolución administrativa debe permitir al interesado conocer el razonamiento seguido por la autoridad.

No basta con enumerar hechos distintos si no se explica cuál de ellos resulta decisivo y por qué.

Un problema estructural de las políticas migratorias

La sentencia pone de manifiesto una dificultad más amplia de la Administración italiana de inmigración.

Muchos permisos están vinculados a actividades de duración limitada: prácticas, trabajo estacional, cursos de estudio, proyectos de investigación o programas formativos.

Cuando el procedimiento administrativo dura más que la propia actividad, el permiso puede perder utilidad antes incluso de ser expedido.

Si la Administración pudiera denegar todas las solicitudes por el solo hecho de que el proyecto terminó durante la espera, podría vaciar de contenido la ley simplemente retrasando la decisión.

El tribunal rechaza expresamente ese resultado.

Las solicitudes deben valorarse a la luz de las circunstancias existentes cuando fueron presentadas, sobre todo cuando el interesado actuó correctamente y la posterior expiración del proyecto se debió únicamente al retraso administrativo.

La Administración debe volver a examinar el caso

La sentencia no concede directamente el permiso de residencia.

Anula la denegación y obliga a la Jefatura de Policía de Bolonia a revisar la solicitud.

En el nuevo procedimiento, la Administración no podrá tratar como un elemento negativo la conclusión regular de las prácticas.

Tampoco podrá reprochar al solicitante no haber convertido un permiso que nunca fue expedido.

Deberá valorar la solicitud inicial, la realización efectiva del proyecto formativo y la relación laboral surgida posteriormente.

Un principio esencial para los ciudadanos extranjeros

La decisión reafirma un principio básico de justicia administrativa.

Un extranjero que presenta su solicitud a tiempo y cumple los trámites exigidos no debe soportar las consecuencias de una demora imputable a las autoridades.

La ausencia de un plazo perentorio no concede a la Administración una libertad ilimitada.

Los poderes públicos deben actuar de buena fe y no pueden utilizar los efectos de su propia inactividad como motivo para negar un derecho.

En materia migratoria, el tiempo no es una cuestión secundaria. Los retrasos pueden afectar al trabajo, a la regularidad de la residencia y a la continuidad del proyecto personal del interesado.

La sentencia deja claro que el tiempo administrativo no puede gestionarse de forma que destruya el derecho que el procedimiento debía proteger.

Avv. Fabio Loscerbo
ORCID: https://orcid.org/0009-0004-7030-0428