martedì 27 gennaio 2026

Italia reconoce la protección complementaria: cuando la integración se convierte en un escudo jurídico

 Italia reconoce la protección complementaria: cuando la integración se convierte en un escudo jurídico

En una decisión administrativa de gran relevancia, Italia ha confirmado una vez más que la integración efectiva en la sociedad puede desempeñar un papel decisivo en la protección de las personas extranjeras frente a la expulsión. El 18 de diciembre de 2025, la Comisión Territorial para el Reconocimiento de la Protección Internacional de Génova concedió la protección complementaria a un ciudadano extranjero, al considerar que su retorno forzoso al país de origen habría supuesto una violación desproporcionada de sus derechos fundamentales.

La decisión íntegra ha sido publicada y está disponible para consulta pública en el siguiente enlace:
https://www.calameo.com/books/00807977586f4b5d40bb2

La protección complementaria es una forma específica de protección prevista por el derecho italiano, regulada por el artículo 19 del Decreto Legislativo n.º 286/1998 (Ley de Inmigración). Se aplica cuando no concurren los requisitos para el estatuto de refugiado ni para la protección subsidiaria, pero la expulsión o devolución resultaría contraria a las obligaciones de tutela de los derechos fundamentales, en particular al derecho a la vida privada y familiar.

En este caso, la Comisión de Génova rechazó el reconocimiento del estatuto de refugiado y de la protección subsidiaria, pero realizó una evaluación autónoma e individualizada de la situación personal del solicitante. El elemento decisivo fue el grado de integración real en Italia, especialmente en los ámbitos social y laboral. La Comisión reconoció que el interesado había construido vínculos personales y profesionales estables y que su expulsión habría causado un perjuicio grave e irreversible.

La importancia de esta decisión radica en su razonamiento jurídico. La integración no fue considerada como una recompensa o un factor accesorio, sino como un elemento jurídicamente relevante de la vida privada, protegida por las normas europeas de derechos humanos. La Comisión concluyó que el retorno forzoso constituiría una injerencia desproporcionada en dichos derechos.

Este enfoque refleja una tendencia creciente en la práctica administrativa italiana, que concibe la protección complementaria como una garantía sustantiva y no como una medida residual. Confirma que el control de la inmigración debe equilibrarse con la obligación de respetar la dignidad humana y los derechos fundamentales.

Para las personas extranjeras que residen en Italia, esta decisión transmite un mensaje claro: la construcción de vínculos reales y documentados con el país puede tener consecuencias jurídicas concretas. El trabajo, las relaciones sociales y la estabilidad a largo plazo no son meros datos de hecho, sino que pueden convertirse en elementos determinantes para evitar la expulsión.

Para los abogados y profesionales del sector, la decisión de Génova constituye un ejemplo significativo del funcionamiento práctico de la protección complementaria y demuestra que, incluso cuando se deniega la protección internacional, el ordenamiento italiano prevé mecanismos para impedir expulsiones contrarias a los derechos fundamentales.

En un contexto de debate permanente sobre la migración en Europa, este caso reafirma un principio esencial: la integración importa, no solo desde el punto de vista social, sino también jurídico.

Avv. Fabio Loscerbo

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